¿CÓMO DEBEMOS UTILIZAR SUS DATOS PERSONALES?
Para el correcto ejercicio profesional de la Correduría Pública diversos ordenamientos legales disponen como necesario y en la mayoría de las veces como obligatorio obtener y utilizar la información mencionada en el inciso que antecede, para desarrollar las actividades que nos son encomendadas por usted, y entre otros, para verificar y tener la certeza de:
Su identidad personal.
Su dirección personal y/o de oficina.
Su personalidad en caso de que comparezca en representación de terceras personas.
Expedir por sus amables instrucciones los instrumentos públicos relativos a actos y hechos jurídicos, constitución de todo tipo de sociedades mercantiles, formalizaciones de asambleas de accionistas, ratificaciones de firmas, fe de hechos, cotejo de documentos, dictámenes de valuación, laudos arbitrales, convenios de premediación, convenios de transacción por mediación, opiniones legales, mediación de transacciones comerciales, entre otros. (En lo sucesivo denominadas para pronta referencia como NUESTRAS ACTIVIDADES PROFESIONALES).
De manera preliminar es muy importante señalar que para la realización de nuestras actividades profesionales legalmente es necesario recabar información y/o datos personales que de no ser proporcionados por nuestros clientes dichas actividades profesionales no podrían llevarse a cabo, por ejemplo, en la constitución de sociedades mercantiles, y/o sus asambleas, fusiones, escisiones, entre otros.
Por otra parte, en algunos casos, en la realización de nuestras actividades, podremos solicitar la obtención de imágenes de identificaciones oficiales fotográficas a nuestros clientes o a terceros en diligencias de notificación y/o fe de hechos –de los terceros que atienden nuestras diligencias-, fotografías que no son necesarias para el desarrollo de nuestras actividades pero que le dan certeza a las actividades en las que participamos. Por su parte, según proceda, las fotocopias de identificaciones de nuestros clientes si son necesarias.
Si usted no está de acuerdo en permitir que sean tomadas imágenes fotográficas de sus identificaciones oficiales mismas que después de ser impresas serán incorporadas a nuestros archivos de pólizas, actas, dictámenes de valuación, opiniones legales, entre otros, así como en sus copias certificadas, testimonios, dictámenes de valuación, contratos, opiniones legales, entre otros, le pedimos amablemente que e el momento en que se le solicita el permiso de obtener las imágenes fotográficas, no lo autorice, ya que una vez que se incorporan a algún archivo oficial, el mismo no podrá modificarse posteriormente. Si fuese necesario y usted así lo considera conveniente, siempre tiene el derecho de solicitar que los datos de su identificación oficial sean apuntados de manera autógrafa.
Sus datos personales son manejados exclusivamente por el personal de ésta Correduría Pública para el desarrollo de NUESTRAS ACTIVIDADES PROFESIONALES que usted nos ha pedido o que amablemente nos proporcionó cuando practicamos alguna diligencia en la que usted nos atendió.
Sus datos personales y demás información que nos proporcione serán guardados en los archivos que en términos de la Ley federal de Correduría Pública sean necesarios, y se incorporarán en los testimonios y/o copias certificadas y/o en los dictámenes de valuación y/o en las opiniones jurídicas y/o en los laudos de arbitrajes y/o en los convenios de mediación, transacción, remediación, u otros que conforme a la ley sean necesarios, mismos que pueden ser inscritos ante una o más autoridades, pero no se comunicarán de manera alguna a ninguna persona que sea ajena a Usted y/o a sus operaciones comerciales y/o a los solicitantes de las diligencias encomendadas. Su información personal si podrá comunicarse a las autoridades facultadas que sean necesarias o que así lo soliciten o que su comunicación sea obligatoria por ley o legalmente necesaria para usted.
¿CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS ARCO EN EL USO DE MI INFORMACIÓN PERSONAL?
Cierta información personal puede estar exenta de tales solicitudes de derechos ARCO en ciertas circunstancias. Las excepciones para el ejercicio de los derechos ARCO son cuando la información que solicita sea quitada se encuentra contenida o forma parte en instrumentos públicos: actas, pólizas, testimonios, copias certificadas, cotejos, constancias, extractos, libros de registro e índices expedidos por el Corredor Público o necesarios para el ejercicio de su función, así como por los dictamenes de valuación, expedidos por el Corredor Público y demás registros necesarios para su control ordenados por las disposiciones legales aplicables; incluyendo desde luego en esta excepción los avisos, informes y cualquier documento dirigido a las autoridades y registros gubernamentales. De igual manera, cuando el Corredor Público realiza funciones de intermediario comercial digital mediador comercial, mediador para la solución pacífica de conflictos o como árbitro para la solución de conflictos.
Es decir, la excepción general es cuando el Corredor Público en ejercicio de las facultades establecidas en la Ley y su Reglamento llevó a cabó o realizó sus actividades y/o expidio instrumentos, dictamenes y demás documentos establecidos en la Ley, en cuyo caso, no será posible retirar, quitar, modificar, sus datos personales.
Es posible impedir el uso de su información personal ANTES DEL INICIO DEL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DEL CORREDOR PÚBLICO LE COMUNIQUE A ESTE QUE NO DESEA PROPORCIONAR SU INFORMACIÓN POR CUALQUIER MOTIVO, en cuyo caso, es posible que el instrumento, dictamen, o documento solicitado no sea llevado a cabo si es que éste depende de usted y/o de sus socios.
De conformidad con la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, en relación a la información y datos personales amablemente proporcionados para el desahogo de diligencias -de notificación, entre otras-, los mismos se encuentran sujetos a lo dispuesto por las fracciones I y IV del artículo 10 (diez) del citado ordenamiento en relación con los artículos quinto y sexto de su reglamento.
¿CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES PARA EL EJERCICIO DE DERECHOS ARCO HABIENDO SIDO NOTIFICADO O FORMADO PARTE DE UNA DILIGENCIA DE FE DE HECHOS O DE UN DICTAMEN DE VALUACIÓN?
Tampoco será posible el ejercicio de sus derechos ARCO en el caso de que usted forme parte de una diligencia de notificación (como notificado) y/o fe de hechos (como persona que estaba en la diligencia) y/o dictamen de valuación (habiendo proporcionando información de mercado o referencias técicas) realizada por el Corredor Público, en donde Usted proporcionó su nombre o identificaciones oficiales para identificarse y algunos comentarios que fueron asentados. Su información exclusivamente será transcrita en el Acta o Dictamen respectivo del Corredor Público, en su caso, las imagenes que usted haya permitido al Corredor Público ser tomadas, o de las copias que Usted proporcionó al Corredor Público, serán incorporadas al Archivo del instrumento público -o dictamen de valuación- del Corredor Público, y formarán parte de los testimonios y/o copias certificadas de las mismas que serán entregadas al solicitante de la diligencia y/o si así fuese legalmente necesario, dichos testimonios o copias certificadas serán presentadas a las autoridades competentes.
Es importante reiterar que cuando amablemente se nos proporciona información y/o datos personales para el desahogo o realización de diligencias de fé pública y/o de valuación y/o las que legalmente resulten aplicables, de conformidad con las disposiciones legales aplicables de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, los mismos se encuentran sujetos a lo dispuesto en las fracciones I y IV del artículo 10 (diez) del citado ordenamiento en relación con los artículos 5o (quinto) y 6o (sexto) de su Reglamento.
En general, esta excepción aplica a todos los documentos que en ejercicio de las facultades de Corredor Público hayan sido expedidos o llevados a cabo.
En términos de las leyes aplicables, al concluir los plazos de custodia de sus Archivos, el Corredor Público deberá entregar al Archivo General de Correduría Pública que depende de la Secretaría de Economía para que sea en lo sucesivo dicha Autoridad quien cuestodie todos los documentos generados por las actuaciones del Corredor Público en el periodo que legalmente corresponda
No obstante todo lo anterior, se debe señalar que el Corredor Público no licenciará, cederá, venderá ni usará de maneras distintas a las antes descritas su información personal.
¿CÓMO PUEDE IMPEDIR EL USO DE MI INFORMACIÓN PERSONAL?
Es posible que, en algunos casos -que no se encuentren en los supuestos de excepción anteriormente mencionados-, tenga derecho a solicitar que eliminemos su información personal en ciertas circunstancias específicas. Si desea ejercer este derecho, envíe su solicitud utilizando esta forma de contacto y confirmándolo telefónicamente personalmente con los licenciados Julio Alejandro Durán Gómez y/o Adriana Lino Verduzco, y confirmando el envío a los teléfonos 55 55 25 09 13 o 55 55 92 07 13.
Consideraremos todas estas solicitudes y proporcionaremos nuestra respuesta dentro de los plazos establecidos en Ley. Es posible que le solicitemos que verifique su identidad antes de responder a su solicitud.
O de manera directa por escrito dirigida a Julio Alejandro Durán Gómez personalmente o por conducto de apoderado en nuestra oficina, ubicadas en: Correduría Pública 13 de la CDMX.
Paseo de los Tamarindos 400 “B”, P.B., L-5, Torre Arcos Bosques.
Col. Bosques de las Lomas, Alcaldía Cuajimalpa,
Ciudad de México
C.P. 05120
También debe señalarse que al hacer uso de cualquiera de nuestras plataformas digitales y/o Apps tenemos una política de privacidad para medios digitales ampliada que usted puede consular en el siguiente enlace.